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ES-AR
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EDADES MINIMAS PARA CONDUCIR. Para conducir vehículos en la
vía pública se deben tener cumplidas las siguientes edades, según el caso:
a) Veintiún años para las clases de licencias C, D y E.
b) Diecisiete años para las restantes clases;
c) Dieciséis años para ciclomotores, en tanto no lleven pasajero;
Las autoridades
jurisdiccionales pueden establecer en razón de fundadas características
locales, excepciones a las edades mínimas para conducir, las que sólo serán
válidas con relación al tipo de vehículo y a las zonas o vías que determinen en
el ámbito de su jurisdicción.